OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA AÑO 2016
ARTICULO 592/594-3ET ART 7 DECRETO 490/2012
Llego la hora de cumplir con
la obligación de presentar la Declaración de Renta por el año gravable 2016,
razón por la cual le estamos presentando los parámetros con los cuales usted puede establecer si está obligado o no a
declarar Renta.
Otros Contribuyentes:
|
Empleados:
|
Trabajadores por cuenta propia:
|
||
Que sea
responsable del impuesto a las ventas (Régimen común) y respecto al año
gravable 2016 cumpla con los
siguientes requisitos:
|
Que sea
responsable del impuesto a las ventas (Régimen común) y respecto al año
gravable
2016 cumpla con los
siguientes requisitos:
|
Que
sea responsable del impuesto a las ventas (Régimen común) y respecto al año
gravable 2016 cumpla con los siguientes requisitos:
|
||
1. Tengan ingresos
brutos durante el año, superiores a 1.400 UVT $41.654.000
|
1. Tengan ingresos brutos
durante el año, superiores a 1.400 UVT $41.654.000
|
1. Tengan ingresos
brutos durante el año, superiores a 1.400 UVT $41.654.000
|
||
2. Tengan un
patrimonio bruto a diciembre 31 que exceda 4.500 UVT $133.889.000
|
2. Tengan un
patrimonio bruto a diciembre 31 que exceda 4.500 UVT $133.889.000
|
2. Tengan un patrimonio
bruto a diciembre 31 que exceda 4.500 UVT $133.889.000
|
||
3. Los consumos
mediante Tarjetas de crédito excedan
2.800 UVT $ 83.308.000
|
3. Los consumos mediante
Tarjetas de crédito excedan 2.800 UVT $ 83.308.000
|
3. Los consumos
mediante Tarjetas de crédito excedan
2.800 UVT $ 83.308.000
|
||
4. Compras y
consumos superen las 2.800 UVT $ 83.308.000
|
4. Compras y
consumos superen las 2.800 UVT $ 83.308.000
|
4. Compras y
consumos superen las 2.800 UVT $ 83.308.000
|
||
5. Consignaciones
bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año excedan de 4.500 UVT $133.889.000
|
5. Consignaciones
bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año excedan de
4.500 UVT $133.889.000
|
5. Consignaciones
bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año excedan de 4.500 UVT $133.889.000
|
Si
cumple con uno solo de los anteriores requisitos, usted es declarante de Renta
por el año gravable 2016.
CALENDARIO TRIBUTARIO PARA DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS AÑO
GRAVABLE 2016 PARA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILIQUIDAS
Ubique los dos últimos dígitos de su cédula, sin tener
en cuenta el dígito de verificación en el calendario que a continuación se
detalla.
DOS
ÚLTIMOS DÍGITOS DE LA CÉDULA
|
HASTA
EL DÍA
|
DOS
ÚLTIMOS DÍGITOS DE LA CÉDULA
|
HASTA
EL DÍA
|
|
99 y
00
|
9 de agosto de 2017
|
49 y
50
|
14 de septiembre de 2017
|
|
97 y
98
|
10 de agosto de 2017
|
47 y
48
|
15 de septiembre de 2017
|
|
95 y 96
|
11 de agosto de 2017
|
45 y
46
|
18 de septiembre de 2017
|
|
93 y
94
|
14 de agosto de 2017
|
43 y
44
|
19 de septiembre de 2017
|
|
91 y
92
|
15 de agosto de 2017
|
41 y
42
|
20 de septiembre de 2017
|
|
89 y
90
|
16 de agosto de 2017
|
39 y
40
|
21 de septiembre de 2017
|
|
87 y 88
|
17 de agosto de 2017
|
37 y
38
|
22 de septiembre de 2017
|
|
85 y
86
|
18 de agosto de 2017
|
35 y
36
|
25 de septiembre de 2017
|
|
83 y
84
|
22 de agosto de 2017
|
33 y
34
|
26 de septiembre de 2017
|
|
81 y
82
|
23 de agosto de 2017
|
31 y
32
|
27 de septiembre de 2017
|
|
79 y 80
|
24 de agosto de 2017
|
29 y
30
|
28 de septiembre de 2017
|
|
77 y
78
|
25 de agosto de 2017
|
27 y
28
|
29 de septiembre de 2017
|
|
75 y
76
|
28 de agosto de 2017
|
25 y
26
|
2 de octubre de 2017
|
|
73 y
74
|
29 de agosto de 2017
|
23 y
24
|
3 de octubre de 2017
|
|
71 y
72
|
30 de agosto de 2017
|
21 y
22
|
4 de octubre de 2017
|
|
69 y
70
|
31 de agosto de 2017
|
19 y
20
|
5 de octubre de 2017
|
|
67 y
68
|
1 de septiembre de 2017
|
17 y
18
|
6 de octubre de 2017
|
|
65 y
66
|
4 de septiembre de 2017
|
15 y
16
|
9 de octubre de 2017
|
|
63 y
64
|
5 de septiembre de 2017
|
13 y
14
|
10 de octubre de 2017
|
|
61 y
62
|
6 de septiembre de 2017
|
11 y
12
|
11 de octubre de 2017
|
|
59 y
60
|
7 de septiembre de 2017
|
09 y
10
|
12 de octubre de 2017
|
|
57 y
58
|
8 de septiembre de 2017
|
07 y
08
|
13 de octubre de 2017
|
|
55 y
56
|
11 de septiembre de 2017
|
05 y
06
|
17 de octubre de 2017
|
|
53 y
54
|
12 de septiembre de 2017
|
03 y
04
|
18 de octubre de 2017
|
|
51 y
52
|
13 de septiembre de 2017
|
01 y
02
|
19 de octubre de 2017
|
Contadores Públicos
Especialista en Gestión Tributaria U de A
No hay comentarios:
Publicar un comentario