PRÓXIMO 25 DE MARZO EMPIEZAN A
VENCERSE LOS PLAZO PARA PRESENTAR DECLARACIÓN INFORMATIVA A PERTENECIENTES DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO COMO RESTAURANTES Y BARES.
Tal
como lo dispuso el artículo 6 del decreto 803 de Abril 24 de 3013, quienes
durante el año 2013 pertenecieron las Régimen simplificado del Impuesto
Nacional al Consumo, (arts. 512-1 a 512-13 de E.T.), tales como, cafeterías,
panaderías, heladerías, fruterías, restaurantes, autoservicios, bares y
demás, se les empieza a vencer los
plazos para presentar su Declaración informativa (Formulario 315 art. 4
Resolución 0049 de feb. 5 de 2014), pues de no hacerlo incurrirán en sanción de
extemporaneidad la cual es el 5% de los ingresos brutos del año, obtenidos por
dichas actividades ( art. 641 del E.T.)
Los
plazos para presentar la declaración del Formulario 315 por el año gravable
2013 y 2014, de acuerdo al art. 31 del Decreto 2972 de diciembre de 2013 son:
2
últimos dígitos RUT
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Vencimiento
año Gravable 2013
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1 y 2
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25 de marzo de 2014
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3 y 4
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26 de marzo de 2014
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5 y 6
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27 de marzo de 2014
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7 y 8
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28 de marzo de 2014
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9 y 0
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31 de marzo de 2014
|
2
últimos dígitos RUT
|
Vencimiento
año Gravable 2014
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1 y 2
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26 de enero de 2015
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3 y 4
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27 de enero de 2015
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5 y 6
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28 de enero de 2015
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7 y 8
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29 de enero de 2015
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9 y 0
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30 de enero de 2015
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